+34 915 912 574 inmobiliariosmadrid@gmail.com

BUSCADOR



1 Jun

Alquiler: ¿Qué diferencia hay entre fianza y depósito?

diferencia entre fianza y depósito de garantía alquiler

Hoy respondemos una de las dudas más frecuentes con las que nos encontramos al alquilar una vivienda: ¿Cuál es la diferencia entre fianza y depósito?

¿Qué es la fianza?

La Ley de Arrendamientos Urbanos 29/1994 establece en su artículo 36 la obligación de exigir el pago al inquilino de una cantidad en concepto de fianza. El importe de dicha fianza será de una mensualidad de la renta de alquiler si se trata de una vivienda y de dos mensualidades si se trata de un local de negocio.

La fianza aegura que el inquilino va a devolver el inmueble en el mismo estado en el que se encontraba cuando lo alquiló y cubre las reparaciones que pueda haber ocasionado el inquilino. El Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) es el organismo encargado de gestionar las fianzas en la Comunidad de Madrid.

¿Cómo se hace la devolución de la fianza?

¿Qué es un depósito de garantía?

La Ley de Arrendamientos Urbanos recoge la posibilidad de pactar entre las partes una cantidad económica como garantía adicional para el propietario. A diferencia de la fianza, que es gestionada por la entidad pertinente, el depósito de garantía queda en manos del propietario en todo momento.

Por tanto, depósito de garantía no es obligatorio, pero sí legal si se incluye en el contrato. Sirve de garantía de pago de la renta por parte del inquilino. Al igual que la fianza, se devuelve una vez finaliza el contrato satisfactoriamente.

 

¿Buscas una vivienda en Madrid?

Déjate asesorar por un agente inmobiliario de INMADRID REMAX.

DEJA UN COMENTARIO

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.